La «Letra de Cambio y Pagaré» es una herramienta financiera ampliamente utilizada en el mundo empresarial y comercial. Estos documentos facilitan el intercambio de bienes y servicios, así como la protección de los derechos de los acreedores. Si estás interesado en el mundo de las finanzas o en fortalecer tus conocimientos en términos legales y financieros, no puedes dejar de conocer más sobre la letra de cambio y el pagaré. En este artículo, exploraremos qué son, cómo funcionan y qué aspectos importantes debes tener en cuenta al utilizarlos. ¡Sigue leyendo para convertirte en un experto en este tema clave!
Básicamente existen tres tipos de instrumentos negociables: cheque, letra de cambio y pagaré. Estos instrumentos negociables son documentos firmados que contienen la promesa de pagar una cantidad específica de dinero al cesionario o tenedor en un momento específico o previa solicitud. Dichos instrumentos financieros son de naturaleza transferible y permiten al individuo u organización hacer el mejor uso posible de ellos.
¿Qué es una letra de cambio y un pagaré?
Una letra de cambio y un pagaré son obligaciones escritas entre dos o tres partes que confirman una transacción financiera acordada. Estos dos instrumentos financieros sirven para confirmar una transacción completada. Los pagarés se utilizan principalmente en el comercio nacional, mientras que las letras de cambio se utilizan principalmente en el comercio internacional.
En general, las letras de cambio y los pagarés están sujetos a esto en particular. Ley de letras de cambio de 1882 (BEA 1882). Aunque las características de los pagarés y las letras de cambio son similares, son diferentes.
En aras de la claridad, definamos los pagarés y las letras de cambio individualmente antes de compararlos.
Cambiar
Una letra de cambio es un instrumento negociable que representa una instrucción incondicional de una parte de pagar a otra parte de acuerdo con los términos de ese instrumento. Este instrumento negociable se utiliza comúnmente en la financiación del comercio. En situaciones en las que una de las partes no quiere pagar su factura inmediatamente por un motivo u otro.
Este instrumento financiero es un acuerdo escrito entre dos partes (el comprador y el vendedor) que se utiliza a menudo en transacciones de financiación del comercio y comercio internacional. Sin embargo, debido a los riesgos asociados con las transacciones internacionales, el comprador o vendedor encarga a un banco la emisión de la letra de cambio. En este contexto, las letras de cambio a veces se denominan cheques bancarios.
Por lo tanto, se trata de un instrumento en papel utilizado para transferir dinero de una parte a otra, y no del dinero en sí. La Ley de Letras de Cambio (BEA 1882) regula en detalle los requisitos para la forma de una letra de cambio. Por lo tanto, antes de cualquier consideración detallada de un cambio, se debe realizar una consulta de conformidad con esta Ley.
La BEA 1882, artículo 3(1), establece que una letra de cambio:
“Una orden escrita incondicional, dirigida de una persona a otra y firmada por la persona que la da, exigiendo a la persona a quien está dirigida que pague una suma específica de dinero cuando se le solicite o en un momento futuro fijo o determinable ao a ser pagado por cuenta de una persona determinada o al portador”. Un instrumento que no cumple estas condiciones o que dirige una acción más allá del pago de dinero no es una letra de cambio.
BEA 1882, artículo 3(1)
Esto es simplemente una prueba de que el comprador ha aceptado pagar al vendedor una determinada cantidad de dinero por la mercancía entregada en un momento predeterminado. Estas letras de cambio se pueden transferir mediante endoso, de forma similar a los cheques. Incluso si el comprador no cumple su acuerdo con el vendedor, una letra de cambio puede obligar al comprador a pagar a un tercero (un banco). En tal situación, el banco del comprador pagará al banco del vendedor, es decir, completará la letra de cambio y luego exigirá el reembolso a su cliente.
Esta letra de cambio es para pago en dinero y no puede contener ningún acuerdo para realizar acciones posteriores. Hay tres partes involucradas Cajón (la persona que emite el instrumento para recibir el pago), el Relacionado (la persona que debe pagar el importe al librador) y el Tenedor (la persona que recibe el pago). Sin embargo, en la mayoría de los casos, el emisor y el beneficiario son las mismas personas, a menos que el emisor transfiera el pago a un tercero (beneficiario).
pagaré
Un pagaré es una forma especial de letra de cambio porque es un instrumento financiero que es una promesa escrita de una parte de realizar pagos a otra parte. La principal diferencia es que un pagaré es una promesa de pago por parte del emisor, mientras que una letra de cambio “normal” es una orden de pago a una parte. Por tanto, es un tipo de letra de cambio y, por tanto, está sujeto a las disposiciones detalladas de la BEA 1882.
BEA 1882, s 3(1) establece que un pagaré:
“…una promesa escrita incondicional hecha por una persona a otra, firmada por el autor, comprometiéndose a pagar una suma específica de dinero a una persona específica o en la medida de ésta, previa solicitud o en una fecha futura fija o determinable”. el portador.’
BEA 1882, artículo 3(1)
Por lo tanto, los pagarés son pagarés que permiten a una empresa o a un individuo obtener financiamiento de una fuente distinta a un prestamista tradicional, generalmente una de las partes de una transacción de venta. A menudo se utilizan en transacciones de financiación comercial en las que se presta dinero al fabricante del pagaré. El uso de pagarés en Estados Unidos se ha limitado históricamente a Buscar o individuos ricos. Sin embargo, últimamente se utilizan cada vez con más frecuencia, especialmente en transacciones inmobiliarias.
Estos instrumentos financieros permanecen en poder del beneficiario o vendedor y deben cancelarse y devolverse al emisor o comprador una vez realizado el pago. Un pagaré es más formal que un pagaré en términos de aplicabilidad legal, pero menos formal que un préstamo bancario estándar. Estos instrumentos negociables pueden transferirse ya sea mediante endoso y entrega (si son pagaderos a una persona específica) o mediante entrega (si son un título al portador).
Hay dos partes en el pagaré; El Cajón/Fabricante (el deudor que se compromete a pagar la cantidad al prestamista o acreedor) y el Librado/beneficiario (el acreedor a quien el prestatario o deudor ha prometido el pago pendiente). El factor clave al comparar un pagaré y una letra de cambio es que un pagaré es una «promesa de pago» del emisor del pagaré, mientras que una letra de cambio «normal» es una «orden de pago» para una de las partes. Otra fiesta.
Características de una letra de cambio y un pagaré.
Un cambio tiene las siguientes características:
- Una letra de cambio, como instrumento negociable, es un documento jurídicamente vinculante que contiene una instrucción para pagar una cantidad específica de dinero a una persona a petición del titular del instrumento o dentro de un plazo predeterminado.
- Es incondicional: el pago no puede estar sujeto a ningún requisito o condición, ya sea establecida en el instrumento o referenciada externamente. Debe cumplirse independientemente de las condiciones vigentes en el momento del pago.
- Lo emite un acreedor a un deudor para pagar la cantidad de dinero que este debe por los bienes y servicios utilizados.
- Una característica destacada de este instrumento es que debe ser aceptado por el deudor para ser válido.
- En los negocios, se utiliza para liquidar deudas pendientes entre las partes involucradas en la transacción.
- Hay tres partes involucradas en la letra de cambio, a saber, el emisor, el librado y el beneficiario.
- Este instrumento es una orden escrita que el emisor dirige al librado.
- Para garantizar su validez, se estampa con un sello legal (estampado por el emisor). Por tanto, la firma del expositor es obligatoria.
- Este documento es debidamente aceptado y firmado por el librado que adeuda el importe al beneficiario.
- La fecha de pago se anota en la letra de cambio y se debe especificar la fecha correspondiente.
- La orden de pago y el monto deben especificarse en la letra de cambio.
- Este documento deberá ser entregado al respectivo beneficiario.
- La “suma determinada”, que es el monto adeudado, no puede condicionarse ni calificarse de ninguna manera y debe poder determinarse a partir del propio instrumento. Sin embargo, si es necesario pagar intereses además del monto principal, esta aún puede ser la «suma segura» porque la tasa de interés del instrumento es fija y no variable.
Las siguientes características caracterizan a un pagaré:
- Un pagaré, como instrumento negociable, es una promesa escrita de una persona física o jurídica de pagar una determinada cantidad de dinero a su tenedor ya sea en un momento predeterminado o a petición de éste.
- Una característica destacada de un pagaré es que una vez emitido por el deudor, ya no necesita ser aceptado por el acreedor.
- Hay dos partes involucradas en un pagaré, a saber, el emisor/creador y el librado/beneficiario.
- Este instrumento negociable está debidamente firmado y sellado por los libradores y promete pagar una cantidad específica de dinero al librado en una fecha específica o cuando lo solicite.
- A diferencia de un pagaré, las partes de un pagaré siguen siendo las mismas en todo momento. No cambian durante la ejecución.
- Al facturar, se utiliza la moneda legal del país respectivo para el pago al librado. El importe a pagar se indica en la denominación de la moneda en un pagaré.
- Esta promesa escrita de pagar la cantidad de dinero acordada debe ser aceptada tanto por el promitente como por el promitente.
- Se trata de una promesa de pagar una cantidad determinada de dinero en un momento específico o cuando se solicite. Por lo tanto, la cantidad mencionada no se puede sumar ni restar.
- El pagaré tiene una fecha de pago fija. Por tanto, existe una fecha de pago específica en la que se debe cumplir la promesa.
- Se trata de una promesa incondicional de pagar una determinada cantidad de dinero, que debe ser vinculante en cualquier caso. Por lo tanto, no se ofrece ninguna garantía condicional.
- El pagaré contiene toda la información necesaria, incluido el nombre del emisor y del beneficiario, la fecha de vencimiento, las condiciones de reembolso, la fecha de emisión, el nombre del librado, el nombre y firma del emisor, el monto del principal. y la tasa de interés. etc.
Ejemplos de letras de cambio y pagarés
Para comprender adecuadamente estos dos instrumentos financieros, diferenciaremos entre una letra de cambio y un pagaré mediante un estudio de caso práctico.
caso 1
El Sr. Dave vendió bienes por valor de $2000 a crédito al Sr. James durante cinco meses. Al mismo tiempo, el Sr. Dave había comprado materias primas por valor de $2000 a la Sra. Racheal a crédito durante cinco meses. De ahora en adelante, el Sr. Dave redacta un pagaré pidiendo al Sr. James que pague $2000 a la Sra. Racheal después de cinco meses. Este borrador fue debidamente firmado y aceptado por el Sr. James, convirtiéndolo en una letra de cambio legal.
En este caso,
El señor Dave es el indicado. Cajón
El señor James es el indicado. RelacionadoY
La señora Rachel es la indicada. Tenedor.
Caso 2
El señor Williams quiere iniciar una empresa de electrónica pero no tiene suficiente capital. Por lo tanto, el Sr. Peter, un hombre de negocios establecido, acepta financiar la propuesta comercial del Sr. Williams. Luego, el Sr. Peter le concede al Sr. Williams un préstamo de $4,000 con un interés del 15%, que se reembolsará en 50 cuotas mensuales iguales de $92 cada una.
Luego, el Sr. Williams escribió un pagaré prometiendo al Sr. Peter que pagaría toda la deuda a tiempo.
En este caso,
El señor Williams es el indicado. Fabricante/Cajón, Y
El señor Peter es el indicado. Librado/beneficiario
Diferencia entre letra de cambio y pagaré
La principal diferencia entre un pagaré y un pagaré es que un pagaré es una «promesa de pago» por parte del emisor del pagaré, mientras que un pagaré «normal» es una «instrucción» para que una parte pague a otra. Para distinguir entre una letra de cambio y un pagaré, podemos comparar estos dos instrumentos en función de algunos factores.
La siguiente tabla compara una letra de cambio con un pagaré.
Factores de comparación | Cambiar | pagaré |
definición | Este es un instrumento negociable que ordena a un deudor pagar una cantidad específica de dinero a un acreedor cuando lo solicite o dentro de una fecha específica. | Este es un instrumento negociable emitido por un deudor con una promesa escrita de pagar una cantidad específica al acreedor cuando lo solicite o dentro de una fecha específica. |
Sección | Las letras de cambio se mencionan en la sección 5 de la Ley de instrumentos negociables de 1881. | Un pagaré se menciona en la Sección 4 de la Ley de Instrumentos Negociables de 1881. |
Expedido por | Lo gira el acreedor | Lo gira el deudor |
los implicados | Hay tres partes involucradas: un emisor, un librado y un beneficiario. Debido a los riesgos asociados con las transacciones internacionales, las partes suelen ordenar a un banco que emita la letra de cambio. | Hay dos partes involucradas, a saber, un dibujante/fabricante y el destinatario/beneficiario. |
suposición | El librado debe aceptar la letra de cambio antes del pago. | No es necesaria la aceptación por parte del librado. |
Responsabilidad | La responsabilidad del expositor es secundaria y condicional. | La responsabilidad del fabricante/ilustrador es primaria y absoluta. |
Copias | Puede haber copias de la letra de cambio. | El pagaré no admite copias |
¿Es pagadero al dibujante/fabricante? | Al realizar el cambio, la misma persona puede ser emisor y beneficiario. | La misma persona no puede actuar como emisor y beneficiario de un pagaré. |
Aviso de deshonra | En caso de impago de una letra de cambio por falta de pago o falta de aceptación, deberá comunicarse a todas las partes involucradas en la transacción. | En el caso de que no se canjee un pagaré, no se requiere notificación al suscriptor/fabricante. |
Sellos | Se requiere el sellado de una letra de cambio, excepto en el caso de las “letras de cambio pagaderas inmediatamente”. | Sin excepción, se requiere un sello para los pagarés. |
Seguridad | Ningún activo se mantiene como garantía sobre una letra de cambio. | En los préstamos con pagarés, se puede mantener un activo como garantía del préstamo. |
Similitudes entre pagaré y letra de cambio
- Las letras de cambio y los pagarés son instrumentos financieros.
- Ambos se utilizan para transacciones financieras.
- Ambas son obligaciones escritas entre el comprador y el vendedor u otras partes que acuerdan una transacción financiera.
Diferencia entre letra de cambio, pagaré y cheque
Los cheques, las letras de cambio y los pagarés son los tres tipos de instrumentos negociables. Sin embargo, la siguiente tabla ilustra la diferencia entre un pagaré, una letra de cambio y un cheque.
Cambiar | pagaré | Controlar | |
Significado | Este es un documento escrito negociable que contiene una instrucción incondicional del dibujante/creador de pagar una cantidad específica de dinero a una persona específica o a su portador. | Este es un instrumento escrito negociable que contiene una promesa incondicional de pagar una cantidad específica de dinero a una persona específica y está firmado por el autor. | Se trata de un instrumento mediante el cual una parte ordena al banco que transfiera dinero a la cuenta bancaria de la otra parte a cuyo nombre se ha girado el cheque. |
Legal | Las letras de cambio se mencionan en la sección 5 de la Ley de instrumentos negociables de 1881. | Un pagaré se menciona en la Sección 4 de la Ley de Instrumentos Negociables de 1881. | Un cheque se menciona en la Sección 6 de la Ley de Instrumentos Negociables de 1881. |
Aviso de desgracia | En caso de impago de una letra de cambio por falta de pago o falta de aceptación, deberá comunicarse a todas las partes involucradas en la transacción. | En el caso de que no se canjee un pagaré, no se requiere notificación al suscriptor/fabricante. | Un aviso de falta de pago no es obligatorio para un cheque. Se debe enviar un aviso de devolución de cheque al moroso. Sin embargo, si hay errores de sobrescritura, una firma que no coincide, etc., el beneficiario puede solicitar que el cheque se vuelva a enviar al librador para su autorización. Sin embargo, si la causa se debe a fondos insuficientes en la cuenta, se emitirá un aviso de cobro de cheque de conformidad con la Sección 138 de la Ley de Instrumentos Negociables dentro de los 30 días posteriores al envío por parte del banco de dicho aviso. 15 días después de la entrega de la notificación, el beneficiario puede iniciar acciones legales conforme a la Sección 138 de la Ley y el delito de devolución de cheques constituirá en lo sucesivo un delito. |
Copias | Las letras de cambio pueden tener copias. | El pagaré no admite copias | El cheque no permite copias. |
cajón del instrumento | Lo gira el acreedor | Lo gira el deudor | Lo gira el acreedor |
Parte involucrada | Hay tres partes involucradas: un emisor, un librado y un beneficiario. El emisor y el beneficiario pueden ser la misma persona. | Hay dos partes involucradas, a saber, un dibujante/fabricante y el destinatario/beneficiario. | Hay tres partes involucradas: el emisor, el librado y el beneficiario. |
solvencia | El pago se realiza a la vista o después de un cierto período de tiempo. | El pago se realiza en una fecha predeterminada o a petición del propietario. | El pago sólo se realiza a la vista. |
Tiempo límite de pago | A este instrumento se le aplica un período de gracia de tres días. | El tercer día siguiente al día en que se declaró vencido el pago. | Una vez presentado el cheque, no hay límite de tiempo para el pago. |
Responsabilidad | La responsabilidad del expositor es secundaria y condicional. Esto significa que las partes que no reciben una notificación de daño están exentas de la obligación de pagar | La responsabilidad del expositor es primaria e ilimitada. | Incluso si no se reportan daños, las partes siguen siendo responsables de pagar |
Periodo de validez | Una factura no tiene periodo de validez | Un pagaré sólo tiene validez por un período de 3 años a partir de la fecha de su emisión y posteriormente deja de ser válido. | Un cheque generalmente tiene una validez de 6 meses. Sin embargo, algunos cheques emitidos por el gobierno central solo pueden tener una validez de tres meses a partir de la fecha de emisión. |
suposición | Primero se debe aceptar una letra de cambio antes de poder solicitar el pago. | No se requiere la aceptación por parte del librado. | Un cheque no requiere aceptación y su objeto está destinado al pago inmediato. |
Estampilla | Una letra de cambio debe estar sellada. | Un pagaré debe estar suficientemente sellado. | Salvo en determinados casos, un cheque no requiere sello. |
Última actualización el 8 de julio de 2022 por Nansel Nanzip Bongdap